Código de Conducta y Ética para Proveedores, Subcontratistas y Socios de Negocio

 

Grupo GAVA S.A de C.V. y sus empresas inherentes, espera que sus proveedores cumplan con las leyes aplicables y mantengan los más altos estándares de conducta ética y políticas anticorrupción empresarial.

 

Este documento complementa las disposiciones generales establecidas en el Código de Conducta de la empresa y está diseñada para ayudar a los proveedores a cumplir con la Ley de Prácticas Corruptas, las leyes nacionales relacionadas con la corrupción y el soborno (“Leyes Anti-Corrupción”).

 

Dar conocer las disposiciones normativas externas e internas aplicables, promover y fortalecer el desarrollo de los mecanismos para prevenir, detectar, sancionar y erradicar la Corrupción, Evitar daños a la imagen, reputación y prestigio de Grupo GAVA.

 

En virtud de los anterior, y sabiendo la responsabilidad del impacto que representa sus actividades en sus principales grupos de interés, en las regiones en las que se desempeña, ha formalizado dichos compromisos en su Código de conducta y ética, aplicable para todos sus colaboradores. Por medio de este Código de conducta y ética para proveedores, subcontratistas y socios de negocios, Grupo GAVA pretende fomentar y fortalecer sus compromisos con todas las partes que se encuentren relacionadas estratégicamente en sus actividades.

 

Por lo cual, esperamos que la adopción de este impacte de forma positiva a nuestra red de proveedores, subcontratista y socios. Esperando que todos se comprometan con este Código, refuercen sus políticas e implementen las medidas que sean necesarias para dar cumplimiento con las reglas de conducta y ética. Cualquier incumplimiento a este código podría limitar la posibilidad de realizar proyectos en conjunto. Grupo GAVA se reserva el derecho de verificar las operaciones realizadas por cualquier socio de negocios cumplan con estas reglas.

 

Cumplimiento de las Leyes, Normas y Regulaciones.

El cumplimiento de todas las leyes y regulaciones aplicables nunca debe comprometerse. Además, los empleados deben adherirse a las normas y regulaciones internas según las mismas resulten aplicables en una situación determinada. Dichas normas internas son específicas de la Compañía y pueden ir más allá de los requisitos de la ley.

 

Conflictos de Interés

Un conflicto de interés se origina cuando se anteponen los intereses personales de funcionarios o empleados o terceros a los intereses de Grupo GAVA. Los casos más comunes de conflicto de intereses se presentan a continuación:

 

  • Trabajar o recibir compensación por servicios prestados a alguna empresa que sea competencia, cliente, distribuidor o proveedor de Grupo GAVA o del Proveedor.

 

  • Realizar trabajos que no sean de Grupo GAVA, hacerlo en las instalaciones de la misma y dentro del horario laboral.

 

  • Utilizar activos de Grupo GAVA (equipo, materiales, recursos o información propiedad de la empresa) para ejecutar cualquier trabajo externo o para uso personal.

 

 

  • Utilizar la información y su influencia personal para contratar empresas de familiares o amigos.

 

  • Proporcionar información de Grupo GAVA, a familiares y amigos que trabajen para la competencia, así como de recibir y transmitir información de la competencia al interior de Grupo GAVA.

 

  • Realizar contribuciones políticas como representante de Grupo GAVA.

 

  • Competir directa o indirectamente con Grupo GAVA por una oportunidad de negocio.

 

Grupo GAVA reconoce que dar obsequios, ofrecer entretenimiento y brindar patrocinio son una parte de legitima de los negocios en muchos países, Sin embargo, nuestro proveedores, subcontratistas y socios son responsables de seguir los siguientes lineamientos en materia de Regalos e Invitaciones.

 

Lineamientos que deben observar terceros, partes interesadas proveedores y colaboradores previo y durante una relación comercial.

 

  • Otorgamiento de regalos y hospitalidad corporativa.

 

Todos los regalos, alimentos, entretenimiento y gastos de viaje están sujetos a las políticas y procedimientos establecidos en este documento. Para consultar los límites aplicables a los regalos, alimentos, entretenimientos y gastos de viajes solicite información al correo contacto@solucionesgava.com.

 

Grupo GAVA no podrá ofrecer ni otorgar regalos, alimentos, entretenimiento, gastos de viaje u otra hospitalidad corporativa a un proveedor o contraparte comercial como un incentivo, o a cambio de o como una recompensa por conceder una solicitud, por pasar productos o insumos por la aduana u otorgar cualquier otro beneficio o ventaja indebida a la Empresa.

 

Grupo GAVA podrá pagar u otorgar regalos, alimentos, entretenimiento, gastos de viaje u otra hospitalidad corporativa a proveedores o contrapartes comerciales únicamente si éstos:

 

  1. Son legales y habituales en la jurisdicción en la que se otorguen;
  2. Están permitidos conforme a las normas internas de la organización del receptor.
  3. Se otorgan en una ocasión en la que habitualmente se otorgan regalos y de conformidad con la costumbre de negocios local.
  4. Se dan abiertamente al receptor;
  5. Son de una naturaleza que no avergonzaría a Grupo GAVA si fuesen públicamente revelados
  6. Se otorgan de conformidad con las políticas y procedimientos establecidos en Grupo GAVA.

 

Todos los gastos relacionados con Proveedores deberán estar respaldados por recibos y registrarse adecuadamente en los libros y registros de la Empresa, así como en la “bitácora de regalos” que se lleve en la empresa.

Con nuestros Clientes

Nuestros clientes son la esencia por la cual existimos. Su satisfacción es esencial para nuestro éxito. Por lo tanto, la calidad de nuestras herramientas, así como nuestro servicio son el principal compromiso con ellos.

 

Nuestros clientes son nuestros aliados estratégicos y por ello nos esforzamos para que nuestra propuesta de negocio propicie su crecimiento y desarrollo. En nuestro trato con clientes no hay cabida para ningún tipo de corrupción, soborno, favoritismo o cualquier actividad que sea contraria a las leyes o a las buenas costumbres.

 

Prohibición de Facilitación y Soborno

En Grupo GAVA, está prohibida de manera radical la realización de pagos de facilitación y de sobornos en transacciones comerciales públicas y privadas.

Esto implica que:

 

  • Todos los empleados nos abstenemos de influir para obtener ventaja a través de pagos indebidos.
  • Nuestros empleados no pueden aceptar ni otorgar obsequios ni actividades de entretenimiento que puedan considerarse un soborno o pago indebido.
  • Si alguno de nuestros directivos, empleados o socios comerciales tiene conocimiento de una situación que involucre pagos de facilitación o sobornos, está obligado a reportarlo.

 

Las denuncias serán investigadas por personal de la empresa y sancionadas cuando así proceda, de conformidad con lo establecido en este código, reglamento interno de trabajo, lineamientos, políticas y demás documentos internos relacionados con los sistemas de denuncias, investigación y sanción, sin perjuicio de solicitar ante las autoridades competentes el inicio de acciones civiles, penales y/o administrativas.

 

Para una mejor comprensión ofrecemos las siguientes definiciones:

 

Pago de facilitación: Egreso no oficial e impropio que se utiliza para obtener o agilizar una acción que beneficia a quien realiza el pago.

 

Lavado de dinero

Lavado de dinero: Proceso a través del cual el origen de los fondos generados es encubierto, mediante el ejercicio de actividades ilegales. El objetivo principal de este proceso es hacer que los fondos o activos que se obtienen a través de actividades ilícitas aparezcan como fruto de actividades legítimas y circulen en el sistema financiero.

 

En Grupo GAVA estamos comprometidos de manera firme con el cumplimiento de las leyes y disposiciones que se relacionan con la prevención de lavado de dinero y financiamiento al terrorismo en cada uno de los países donde opera. Como parte de este compromiso, esta política prohíbe a todos nuestros empleados, proveedores y cualquier otro sujeto que participe en las operaciones de la empresa:

 

  • Conducirse de cualquier modo que pueda constituir el delito de lavado de dinero.
  • Incurrir en cualquier acción que pueda facilitar la comisión de lavado de dinero en cualquier de sus etapas

 

Aprobación. El presente código fue elaborado por el área de recursos humanos de Grupo GAVA y tiene la aprobación de la gerencia general para su aplicación y vigilancia a su cumplimiento.

 

RECONOCIMIENTO DE ACEPTACIÓN

 

Declaro que he recibido, leído cuidadosamente y comprendido el presente Código de Conducta y Ética para Proveedores, Subcontratistas y Socios de Negocio de Grupo GAVA, manifestando en este acto la aceptación de todos sus términos y que mi conducta, debe, en todo momento, cumplir con el mismo, así como con cualquier otra política, lineamientos, manuales y procedimientos que ésta emita.

 

Grupo GAVA S.A. de C.V.

Fecha de última actualización: 17 de Abril 2023

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